TC admite demandas del Colegio de Economistas de Lima contra leyes de pensiones para docentes, las FF. AA. y policiales


Las acciones legales cuestionan las leyes N.° 32561 y N.° 32581, vinculadas a los regímenes pensionarios del personal militar y policial, así como de los docentes jubilados y cesantes.

El Colegio de Economistas de Lima informa que el Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite las dos demandas de inconstitucionalidad que presentamos contra las leyes N.° 32561 y N.° 32581, relacionadas con las modificaciones de los regímenes de pensiones del personal militar y policial, y de los docentes jubilados y cesantes, respectivamente.

Esta decisión constituye un avance en las acciones emprendidas por nuestra institución en defensa del orden constitucional, la responsabilidad fiscal y la sostenibilidad de las finanzas públicas.

Las demandas corresponden a los siguientes procesos:

  • Expediente N.° 00010-2026-PI/TC: Contra la Ley N.° 32561, que modifica el régimen de pensiones del personal militar y policial.

  • Expediente N.° 00021-2026-PI/TC: Contra la Ley N.° 32581, que establece disposiciones sobre las pensiones de los docentes jubilados y cesantes del Perú.

Desde el Colegio de Economistas de Lima reconocemos la importancia de garantizar pensiones justas y proteger los derechos de los jubilados y cesantes. Sin embargo, consideramos que toda modificación del sistema previsional debe contar con sustento técnico, fuentes de financiamiento identificadas y criterios de sostenibilidad que eviten comprometer la estabilidad económica del país.

En ese sentido, nuestros cuestionamientos se centran en los mecanismos de actualización pensionaria equivalentes a la denominada cédula viva, la generación de obligaciones económicas permanentes sin respaldo financiero suficiente, las diferencias de trato entre pensionistas y los posibles efectos sobre otros regímenes previsionales.

Con la admisión de las demandas, el Congreso de la República deberá presentar sus respectivas contestaciones dentro del plazo de 30 días útiles posteriores a las notificaciones. Cabe precisar que esta decisión permite la continuación de los procesos constitucionales, pero aún no constituye un pronunciamiento definitivo sobre la constitucionalidad de las normas cuestionadas.

Desde nuestra institución, reafirmamos el compromiso de actuar con responsabilidad técnica y jurídica en aquellos asuntos que tienen implicancias sobre la economía nacional y el bienestar de los peruanos.

COLEGIO DE ECONOMISTAS DE LIMA
Decanato y Consejo Directivo

Se adjunta el comunicado: 




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